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Adjudicación de puestos vacantes mercado fijo



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Nivel de Modernización 3. Iniciación electrónica

Información
Procedimiento MERCADO FIJO DE PATERNA: ADJUDICACIÓN DE PUESTOS VACANTES, Y SU RESOLUCIÓN
Referencia Mercado fijo de Paterna: Adjudicación de puestos vacantes, y su resolución
Versión 1.0
Fecha última actualización 31/10/2016
Descripción del procedimiento Solicitud de adjudicación de puesto en Mercado Municipal de Paterna.
Requisitos: Sólo podrán ser titulares de la concesión, tanto originariamente como en virtud de traspaso, en los casos que esta Ordenanza autoriza, las personas naturales o jurídicas, de nacionalidad española o extranjera legalmente constituida, con plena capacidad jurídica y de obrar. Los/as extranjeros/as residentes en España, que estén en posesión del correspondiente permiso de trabajo, podrán ser titulares de las concesiones en Mercados Municipales. sin embargo, la pérdida de la residencia o del correspondiente permiso de trabajo supondrá automáticamente la pérdida de la concesión
Forma de inicio A instancia de parte
Sujeto Cualquiera que cumpla los requisitos
Plazo de presentación No hay
Lugar de presentación a) Sede Electrónica.
b) Servicio de Información y Atención a la ciudadanía (SIAC).
c) Cualesquiera otra de las sedes que se regulan en el art. 16 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común (oficinas de correos, PROP, entidades adheridas a: ventanilla única, ORVE y SIR).

Están obligados a relacionarse a través de esta Sede Electrónica para la realización de cualquier trámite, al menos:
a) Personas jurídicas.
b) Quienes ejerzan actividad profesional que requiera colegiación obligatoria.
c) Cualquier otro sujeto de los regulados en el art. 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común (entidades sin personalidad jurídica, empleados/das de las Administraciones Públicas y otros/as que puedan establecerse).

Tributos El pago de las tasas correspondientes establecidas en la ordenanza fiscal
Órgano Gestor PROMOCIÓN ECONÓMICA-COMERCIO
Órgano que resuelve Junta de Gobierno Local (por delegación de Alcaldía)
Plazo máximo de resolución y notificación 3 meses
Efectos del silencio administrativo Desestimatiorio (Art 24 L 39/2015)
Recursos posibles Recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que los hubiera dictado previo al recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana
Fin de la vía administrativa Si.
Observaciones Tendrán la consideración de Mercados los lugares de abastecimiento de la ciudad, destinados oficial y permanentemente por el Ayuntamiento de Paterna para cubrir las necesidades del pueblo mediante operaciones de compra, venta o permuta de géneros, mercaderías u otros servicios autorizados. Los puestos de los Mercados son propiedad del Ayuntamiento de Paterna y por su condición de bienes de servicio público serán inalienables, inembargables e imprescriptibles.
VIGENCIA: La duración de la concesión respecto a los puestos será por un plazo máximo de 50 años, salvo determinación en contra que, en su caso, vendrá establecida en el Pliego de Condiciones Administrativas.
Los derechos que correspondan a los/as titulares de los puestos no podrán cederse a terceros. Salvo disposición en contra, sólo se autorizará el traspaso del puesto en los siguientes casos:
a) A familiares de primer grado, (cónyuge e hijos).
b) En caso de fallecimiento, enfermedad grave o jubilación del titular del puesto
Tramitación Electrónica AVISO: Cuando realice la tramitación telemáticamente es importante que revise habitualmente la carpeta spam/no deseado de su correo electrónico. Es posible que las notificaciones se alojen en esa carpeta
Tramitación Electrónica Puede presentar una solicitud a través del registro electrónico del Ayuntamiento de Paterna pulsando el siguiente enlace

Documentación que se debe presentar
Tipo Presentación
Instancia: Instancia debidamente cumplimentada. Obligatorio Ambas
Documentación acreditativa de encontrarse de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social y al corriente en el pago de sus cuotas: Documentación acreditativa de encontrarse de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social y al corriente en el pago de sus cuotas. Obligatorio Ambas
Documentación acreditativa de encontrarse dado de alta en el epígrafe o epígrafes correspondientes del impuesto de actividades económicas: Documentación acreditativa de encontrarse dado de alta en el epígrafe o epígrafes correspondientes del impuesto de actividades económicas. Obligatorio Ambas
En el caso de extranjeros: documentación acreditativa del correspondiente permiso de residencia y de trabajo por cuenta propia: Así como el cumplimiento del resto de disposiciones vigentes que les sean de aplicación. Opcional Ambas
Carnet Sanitario de Manipulador de Alimentos. (Venta de productos alimenticios): En el supuesto de venta de productos alimenticios deberá además aportar el oportuno Carnet Sanitario de Manipulador de Alimentos. Opcional Ambas
Seguro de responsabilidad civil: Seguro de responsabilidad civil Obligatorio Ambas
Instancia: Solicitud de adjudicación de puestos vacantes para mercado fijo Obligatorio Ambas

Leyenda
Tipo Obligatorio Obligatorio Opcional Opcional
Presentación Ambas Ambas Presencial Presencial Telemática Telemática
Normativa
Ley Orgánica 4/2001, de 12 de noviembre, reguladora del Derecho de Petición Ley Orgánica 4/2001, de 12 de noviembre, reguladora del Derecho de Petición.
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Pública Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Loca Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
Ley 11/1999, de 21 de abril
Ley 11/1999, de 21 de abril, de Modificación de la Ley de Bases de Régimen Local.

LEY 11/1999, de 21 de abril, de modificación de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y otras medidas para el desarrollo del Gobierno Local, en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial y en materia de aguas.
Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista. Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista.
Ley 1/2004, de 21 de diciembre, de Horarios Comerciales.
Ley 3/2004, de 29 de diciembre Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
Ley 1/2010, de 1 de marzo Ley 1/2010, de 1 de marzo, de reforma de la Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista.
Ley 12/2012, de 26 de diciembre Ley 12/2012, de 26 de diciembre, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios.
Ley 3/2011, de 23 de marzo, de comercio de la Comunitat Valenciana. Ley 3/2011, de 23 de marzo, de comercio de la Comunitat Valenciana.
Ley 8/2010, de 23 de junio Ley 8/2010, de 23 de junio, de la Generalitat, de Régimen Local de la Comunitat Valenciana.
Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad.
Decreto-ley 5/2012, de 6 de julio, Decreto-ley 5/2012, de 6 de julio, del Consell, de medidas urgentes para el impulso de la actividad comercial y la eliminación de cargas administrativas.
Ordenanzas Ordenanzas Municipales.
Ver Ordenanzas
Otra Aquella otra normativa que resulte de aplicación al supuesto.

Tramitación presencial
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Tramitación telemática
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