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Concesión de bonificación en el ICIO por ser una obra de interés municipal



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Nivel de Modernización 4. Tramitación electrónica

Información
Procedimiento CONCESIÓN DE BONIFICACIÓN EN EL ICIO POR SER UNA OBRA DE INTERÉS MUNICIPAL.
Referencia Concesión de bonificación en el ICIO por ser una obra de interés municipal.
Versión 1.0
Fecha última actualización 03/11/2016
Descripción del procedimiento Solicitud de bonificación de la cuota del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras por tratarse de una obra declarada de especial interés o utilidad municipal por concurrir circunstancias sociales, culturales, histórico-artísticas o de fomento del empleo.

Requisitos: Para solicitar la bonificación deberá tratarse de construcciones, instalaciones u obras en las que concurran algunas de las siguientes circunstancias:
a) Daños catastróficos. ( 95 %)
b) Obras de interés local, realizadas por otras Administraciones porque así lo haya solicitado el municipio. ( 95 %)
c) Rehabilitación de inmuebles protegidos o catalogados. (50 %)
d) Obras declaradas de interés o utilidad municipal por concurrir circunstancias sociales de aluminosis.(50 %)
e) Obras promovidas por Asociaciones culturales sin ánimo de lucro y en el ejercicio de su propia actividad.(50 %)
f) Obras de urbanización, obras en edificios municipales y aquellas de nueva planta de viviendas con protección pública, realizadas por la Sociedad Urbanística Municipal SUMPA, S.A. o por entidades sin ánimo de lucro. (95 %)
g) Fomento del empleo:
g.1) De un 20 por 100 si se realizan entre 1 y 9 contratos indefinidos.
g.2) De un 25 por 100, si se realizan entre 10 y 25 contratos indefinidos.
g.3) De un 30 por 100 si se realizan entre 26 y 100 contratos indefinidos.
g.4) De un 35 por 100 si se realizan entre 101 y 250 contratos indefinidos.
g.5) De un 45 por 100 si se realizan entre 251 y 500 contratos indefinidos.

h) Las construcciones, instalaciones u obras en régimen de protección pública destinadas a alquiler social o a otra forma de cesión de uso y a alojamientos colectivos protegidos. (90 %)
Forma de inicio A instancia de parte.
Sujeto Cualquier persona física o jurídica.
Plazo de presentación Durante la tramitación de la licencia y, como máximo, en el plazo de un mes, a contar desde la notificación de la misma o del acto administrativo de control en el caso de declaración responsable o comunicación previa.
Lugar de presentación a) Sede Electrónica.
b) Servicio de Información y Atención a la ciudadanía (SIAC).
c) Cualesquiera otra de las sedes que se regulan en el art. 16 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común (oficinas de correos, PROP, entidades adheridas a: ventanilla única, ORVE y SIR).

Están obligados a relacionarse a través de esta Sede Electrónica para la realización de cualquier trámite, al menos:
a) Personas jurídicas.
b) Quienes ejerzan actividad profesional que requiera colegiación obligatoria.
c) Cualquier otro sujeto de los regulados en el art. 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común (entidades sin personalidad jurídica, empleados/das de las Administraciones Públicas y otros/as que puedan establecerse).

Tributos Servicio gratuito.
Órgano Gestor ÁREA DE GESTIÓN MUNICIPAL/GESTIÓN TRIBUTARIA.
Órgano que resuelve Tenencia de Alcaldía de Gestión Municipal.
Plazo máximo de resolución y notificación 6 meses.
Efectos del silencio administrativo Estimatorio (Art 24 L 39/2015).
Recursos posibles Contra los acuerdos que se dicten en estos procedimientos puede interponer el preceptivo recurso de reposición ante el Pleno de la Corporación en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la notificación, previo al contencioso-administrativo.

Documentación que se debe presentar
Tipo Presentación
Instancia: Solicitud de Concesión de bonificación en el ICIO por ser una obra de interés municipal. Obligatorio Ambas
Aportación documentación: Documentación con la que se justifique la circunstancia alegada. Opcional Ambas

Leyenda
Tipo Obligatorio Obligatorio Opcional Opcional
Presentación Ambas Ambas Presencial Presencial Telemática Telemática
Normativa
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Pública Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Loca Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
Ley 58/2003, de 17 de diciembre, Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Ordenanzas Ordenanzas Municipales.
Ver Ordenanzas
Otra Aquella otra normativa que resulte de aplicación al supuesto.

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