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Ajuntament de Paterna



Cheque emprendedor/a 2025



Nivel de Modernización 1. InformaciónNivel de Modernización 2. Descarga de formulariosNivel de Modernización 3. Iniciación electrónica

Nivel de Modernización 3. Iniciación electrónica

Información
Procedimiento CHEQUE EMPRENDEDORES/AS
Referencia CHEQUE EMPRENDEDORES/AS
Versión 1.1
Código SIA 23262018
Materia 55 FOMENTO DE LA ACTIVIDAD ECONÓMICA
Fecha última actualización 27/09/2024
Descripción del procedimiento Apoyo y fomento para la creación de empresas, y para emprendedores/as a través de la concesión por parte del Ayuntamiento de Paterna de ayudas a fondo perdido.

El procedimiento constará de dos fases:
2025
1. Solicitud Subvención Cheque Emprendedor, para empresas que cumplan los requisitos de las bases.2025
2. Justificación Subvención Cheque Emprendedores mediante la aportación de los justificantes exigidos en las bases de convocatoria.bases.2025
Convocatoria

2024
2. Justificación Subvención Cheque Emprendedores mediante la aportación de los justificantes exigidos en las bases de convocatoria.bases 2024
Forma de inicio A instancia de parte.
Sujeto

  • Autónomos/as empresas individuales (personas físicas) y

  • Micropymes (personas jurídicas) de nueva creación.

Plazo de presentación Sujeto a convocatoria: Convocatoria 2025
Solicitud de la ayuda:: El plazo de presentación de solicitudes será desde 15 DE OCTUBRE DE 2025 AL 30 DE NOVIEMBRE DE 2025
Presentación de justificación: un mes desde la finalización del periodo de mantenimiento obligatorio de la actividad, de acuerdo con las bases de la convocatoria.
Lugar de presentación Sede electrónica
Documentación Documentación particular del interesado

  • Solicitud: Solicitud debidamente cumplimentada
  • Alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos: Resolución/certificación del alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social de todos los integrantes del proyecto que se requiera en función de la normativa aplicable
  • Informe sobre la Vida Laboral: Informe sobre la Vida Laboral actualizada y en la que ya conste el alta en el régimen especial de trabajadores autónomos objeto de la ayuda. En caso Comunidad Bienes, Soc Civiles y Soc Mercantiles, se aportarán como mínimo la del 50% de comuneros/as o socios/as desempleados/as.
  • Contrato o escritura de constitución: Sólo en el caso de personas jurídicas: Comunidad Bienes, Sociedades Civiles y Sociedades Mercantiles
  • Acreditación de la representación legal: Poderes. Sólo en caso de personas jurídicas: Comunidad Bienes, Soc Civiles y Soc Mercantiles.
  • Declaración censal: Modelo 036 o 037 de alta en el Censo de Obligados Tributarios o o Documento Único Electrónico CIRCE.
  • Ficha terceros (modelo en ficheros anexos)
  • Víctimas de violencia de género: Acreditación de la condición. En el caso de personas jurídicas o comunidades de bienes se aportará la documentación relativa a aquellas personas que determinen el derecho a percibir subvención.


Documentación a consultar por el ayuntamiento


  • Tarjeta de Demanda de Empleo o certificado de la Oficina de Empleo que acredite la situación de desempleado a fecha de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de larga duración. En caso Comunidad Bienes, Soc Civiles y Soc Mercantiles, se aportarán como mínimo la del 50% de comuneros/as o socios/as desempleados/as.

  • Discapacidad: En su caso documento que acredite la discapacidad
  • Certificados de estar al corriente con la Agencia Estatal Tributaria, con la Comunidad Autónoma y con la Seguridad Social En caso de Comunidades de Bienes, Sociedades Civiles y Sociedades Mercantiles también deberá hallarse al corriente de pago de sus obligaciones, las personas cuyas altas fundamente la concesión de la subvención.
  • Acreditación por parte de los correspondientes servicios sociales competentes de pertenencia a los colectivos considerados como de exclusión social.
  • Domicilio fiscal
  • Documentos acreditativos de identificación de los integrantes del proyecto (DNI-NIF-NIE)
Tributos Servicio gratuito.
Órgano Gestor Gestión Municipal - Servicio Industría, Empresas y Universidad
Órgano que resuelve Alcaldía.
Plazo máximo de resolución y notificación 3 meses.
Efectos del silencio administrativo Desestimatorio. (Art 24 L 39/2015)
Recursos posibles Reposición y contencioso administrativo.
Observaciones El formulario web contiene declaraciones responsables acerca de:

  • No estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria, a que hace referencia el artículo 13 de la ley 38/2003, general de subvenciones (declaración responsable 1 de la solicitud normalizada).
  • No haber obtenido otras subvenciones, ayudas o ingresos para la misma finalidad (declaración responsable 2 de la solicitud normalizada)
  • Haber justificado cualquier subvención municipal que le haya sido concedida con anterioridad (declaración responsable 3 de la solicitud normalizada)


Si el interesado no da su consentimiento para la consulta de los documentos necesarios para el trámite, cuando éstos se encuentren en poder de otras administraciones públicas, deberá adjuntarlos a la solicitud.

Documentación que se debe presentar
Tipo Presentación
Solicitud: Solicitud debidamente cumplimentada. Obligatorio Ambas
Declaración censal: Modelo 036 o 037 de alta en el Censo de Obligados Tributario o Documento único electrónico CIRCE Obligatorio Ambas
Contrato o escritura de constitución: Sólo en el caso de personas jurídicas: Comunidad Bienes, Soc Civiles y Soc Mercantiles. Obligatorio Ambas
Acreditación de la representación legal: Poderes. Sólo en caso de personas jurídicas: Comunidad Bienes, Soc Civiles y Soc Mercantiles. Obligatorio Ambas
Víctimas de violencia de género: Acreditación de la condición. En el caso de personas jurídicas o comunidades de bienes se aportará la documentación relativa a aquellas personas que determinen el derecho a percibir subvención. Obligatorio Ambas
Informe sobre la Vida Laboral: Informe sobre la Vida Laboral actualizada y en la que ya conste el alta en el régimen especial de trabajadores autónomos objeto de la ayuda. En caso Comunidad Bienes, Soc Civiles y Soc Mercantiles, se aportarán como mínimo la del 50% de comuneros/as o socios/as desempleados/as. Obligatorio Ambas
Alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos: Resolución/certificación del alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social de todos los integrantes del proyecto que se requiera en función de la normativa aplicable. Obligatorio Ambas
Ficha de Terceros: Ficha de mantenimiento de Terceros que deberá contar con la conformidad de la entidad bancaria o el Certificado bancario ambos con la firma electrónica, y con la firma del solicitante Obligatorio Ambas
Discapacidad: En su caso documento que acredite la discapacidad. Opcional Ambas
Tarjeta de Demanda de Empleo o certificado de la Oficina de Empleo: que acredite la situación de desempleado a fecha de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de larga duración. En caso Comunidad Bienes, Soc Civiles y Soc Mercantiles, se aportarán como mínimo la del 50% de comuneros/as o socios/as desempleados/as. Opcional Ambas
Certificado de la Agencia Estatal Tributaria: de estar al corriente Opcional Ambas
Certificado de la Agencia Tributaria Valenciana: estar al corriente el solicitante de la ayuda Opcional Ambas
Certificado de la Seguridad Social: de estar al corriente el solicitante de la ayuda Opcional Ambas

Leyenda
Tipo Obligatorio Obligatorio Opcional Opcional
Presentación Ambas Ambas Presencial Presencial Telemática Telemática
Normativa
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Pública Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Loca Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
BASES CHEQUE EMPRENDEDOR 2024 BASES CHEQUE EMPRENDEDOR 2024
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BASES CHEQUE EMPRENDEDORES 2025 BASES CHEQUE EMPRENDEDORES 2025
EDICTO BASES REGULADORAS CHEQUE EMPRENDEDOR/A 2025
Ordenanzas Ordenanzas Municipales.
Ver Ordenanzas
Otra Aquella otra normativa que resulte de aplicación al supuesto.

Ficheros anexos
Ficha terceros
Tramitación telemática
Tramitar