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Preguntas Frecuentes
Ajuntament de Paterna
Solicitud de admisión Escuela Infantil Municipal Fuente del Jarro o Escuela Infantil la Coma
Nivel de Modernización 3. Iniciación electrónica
Información
Documentación
Normativa
Ficheros anexos
Tramitar Ahora
Información
Descripción
Admisión Escuela Infantil Municipal Fuente del Jarro o Escuela Infantil la Coma
Descripción del procedimiento
Proceso de admisión del alumnado en las Escuelas Infantiles Municipales Fuente del Jarro y la Coma que imparten enseñanzas de Educación Infantil.
Para más información pinchar aquí
Sujeto
Padres/madres/tutores de los/as menores de edad que quieran matricular a sus hijos/as en los centros mencionados
Documentación
Documentación particular del interesado/a
Autorización para la obtención de documentación por el Ayuntamiento de Paterna, se autorizará este extremo por ambos progenitores. ANEXO I.
Separación, divorcio, cese o no-convivencia de los progenitores del niño/a solicitante se deberá presentar:
- Sentencia judicial y testimonio del convenio regulador, expedido por el Juzgado.
- Caso de no existir sentencia por estar en trámite el procedimiento, se aportará certificado acreditativo.
- En caso de no poder aportar los documentos jurídicos señalados en los dos apartados anteriores, se podrá solicitar certificado de convivencia, que especificará la no convivencia del padre o madre no residente en el domicilio familiar.
Violencia de Género.
Medidas cautelares o sentencia firme en vigor.
Condición de orfandad o en acogimiento familiar.
Cualquier documento oficial que acredite tal situación.
Circunstancias socio-familiares especiales.
Cualquier documento oficial que acredite tal situación para su valoración por los servicios técnicos.
Libro/Libros de Familia de los progenitores, hijos/as y fallecimientos. En caso de no disponer de tales documentos se aportarán los certificados de nacimiento de los/as menores solicitantes, así como de los no inscritos en el libro de familia. En caso de tener más hijos/as de los que constan en el libro/libros de familia, se deberán aportar los certificados de nacimiento para justificar el número total de hijos/as, para proceder a la baremación de la Renta percápita, hermanos/as en el centro, etc.
Todo ello como documentación acreditativa , según lo establecido en los arts. 26, 27 y 28 de la Ley 40/2016 de 15 de abril, modificada por Decreto de 35/2020 de 13 de marzo del Consell.
En el caso de presentar la solicitud un tercero representante, aportar el anexo 2 de autorización de representación
Documentación a aportar, en caso de no autorizar la consulta, en poder de otra administración
Declaración de renta (IRPF) 2021
Lugar de presentación
Sede electrónica
Plazo de presentación
Del 20/04/2023 al 28/04/2023
Órgano Gestor
Educación - Área de Promoción Socio-económica
Órgano que resuelve
Consejo Escolar de Centro de las Escuelas
Tributos
NO
Efectos del silencio administrativo
Negativo
Observaciones
Las solicitudes deberán estar autorizadas por ambos progenitores en su caso, dentro del ejercicio de la patria potestad, para lo cual firmará la solicitud únicamente uno de ellos, declarando bajo su responsabilidad que el otro progenitor es conocedor y autoriza la presentación de la solicitud. Únicamente se podrá presentar firma de uno de los progenitores en los supuestos documentados de viudedad, título de familia monoparental, hijos/as no reconocidos, resolución judicial que impida el ejercicio de la patria potestad o cualquier otro extremo que pueda justificarse documentalmente y demostrable.
Si el interesado no da su consentimiento para la consulta de los documentos necesarios para el trámite, cuando éstos se encuentren en poder de otras administraciones públicas, deberá adjuntarlos a la solicitud.
Fin de la vía administrativa
Si.
Documentación que se debe presentar
Tipo
Presentación
Solicitudes:
Instancia
Anexo 1 Autorización:
para la obtención de documentación de otras administraciones por el Ayuntamiento de Paterna, firmada por todos los miembros de la unidad familiar mayores de 14 años.
Sentencias:
Separación, divorcio, custodia de menores
Violencia de género:
Documento que acredite tal situación, en su caso
Condición de orfandad o acogimiento:
Documento oficial que acredite tal situación.
Circunstancias socio-familiares especiales.:
Cualquier documento oficial que acredite tal situación.
Libro de familia:
en caso de hijas/os pertenecientes a otras unidades familiares.
Declaración de renta :
IRPF del año anterior
Anexo 2 autorización representación:
En el caso de presentar la solicitud un tercero representante, aportar el anexo 2 de autorización de representación
Leyenda
Tipo
Obligatorio
Opcional
Presentación
Ambas
Presencial
Telemática
Normativa
Ley Orgánica 4/2001, de 12 de noviembre, reguladora del Derecho de Petición
Ley Orgánica 4/2001, de 12 de noviembre, reguladora del Derecho de Petición.
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre,
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero,
Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de protección Jurídica del Menor, de modificacion parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación
Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Pública
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Loca
Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo
Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
DECRETO 35/2020, de 13 de marzo
DECRETO 35/2020, de 13 de marzo, del Consell, de modificación del Decreto 40/2016, de 15 de abril, por el cual se regula la admisión en los centros docentes públicos y privados concertados que imparten enseñanzas de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato
RESOLUCIÓN de 15 de mayo de 2020
RESOLUCIÓN de 15 de mayo de 2020, del conseller de Educación, Cultura y Deporte, por la que se dictan instrucciones respecto al procedimiento de admisión del alumnado en los centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunitat Valenciana que imparten enseñanzas de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato para el curso 2020-2021.
ORDEN 5/2020, de 31 de marzo
ORDEN 5/2020, de 31 de marzo, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, de modificación de la Orden 7/2016, de 19 de abril, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la cual se regula el procedimiento de admisión del alumnado en los centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunitat Valenciana que imparten enseñanzas de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato.
Ordenanzas
Ordenanzas Municipales.
Ver Ordenanzas
Otra
Aquella otra normativa que resulte de aplicación al supuesto.
Ficheros anexos
Anexo I (autorizaciones) OBLIGATORIO
Anexo II Consentimiento otro progenitor
Anexo III Declaración responsable
Tramitación telemática
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