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Información
Procedimiento
BAJA DE UN VADO.
Referencia
Baja de un vado.
Versión
1.0
Fecha última actualización
03/11/2016
Descripción del procedimiento
Cese en el aprovechamiento intensivo de la acera para entrada y salida de vehículos.
Requisitos: Para autorizar la baja de un aprovechamiento deberá haberse borrado la pintura del bordillo, haberse entregado la placa o placas señalizadoras en las dependencias municipales y haber abonado la tasa del año en curso o fracción.
Forma de inicio
A instancia de parte y de oficio.
Sujeto
Cualquier persona física o jurídica.
Plazo de presentación
No existe plazo de presentación.
Lugar de presentación
a) Sede Electrónica.
b) Servicio de Información y Atención a la ciudadanía (SIAC).
c) Cualesquiera otra de las sedes que se regulan en el art. 16 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común (oficinas de correos, PROP, entidades adheridas a: ventanilla única, ORVE y SIR).
Están
obligados
a relacionarse a través de esta Sede Electrónica para la realización de cualquier trámite, al menos:
a) Personas jurídicas.
b) Quienes ejerzan actividad profesional que requiera colegiación obligatoria.
c) Cualquier otro sujeto de los regulados en el art. 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común (entidades sin personalidad jurídica, empleados/das de las Administraciones Públicas y otros/as que puedan establecerse).
Tributos
Servicio gratuito.
Órgano Gestor
ÁREA DE GESTIÓN MUNICIPAL/GESTIÓN TRIBUTARIA.
Órgano que resuelve
Tenencia de Alcaldía de Gestión Municipal.
Plazo máximo de resolución y notificación
3 meses.
Efectos del silencio administrativo
Estimatorio (Art 24 L 39/2015).
Recursos posibles
Contra las resoluciones que se dicten en estos procedimientos puede interponer el preceptivo recurso de reposición ante la Tenencia de Alcaldía en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la notificación, previo al contencioso-administrativo.
Observaciones
La declaración de baja surtirá efectos a partir del día siguiente al de su autorización por Decreto de Alcaldía. La no presentación de la baja determinará la obligación de continuar abonando la tasa.
Documentación que se debe presentar
Tipo
Presentación
Instancia:
Solicitud de baja de vado
Tasas:
Justificación de haber abonado la liquidación correspondiente al prorrateo del importe anual
Placa de vado:
Entrega de la placa de vado correspondiente en el momento de presentar la baja en la Oficina del SIAC
Autorización:
Para casos en que lo solicite una persona distinta al titular
Leyenda
Tipo
Obligatorio
Opcional
Presentación
Ambas
Presencial
Telemática
Normativa
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre,
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Pública
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Loca
Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
Ley 58/2003, de 17 de diciembre,
Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo
Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Ordenanzas
Ordenanzas Municipales.
Ver Ordenanzas
Otra
Aquella otra normativa que resulte de aplicación al supuesto.
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