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26/04/2025 02:30:17 Ajuntament de Paterna :: Inicio :: Información del Procedimiento

Ajuntament de Paterna



Servicio de atención y seguimiento a las personas con un problema grave de salud mental. SASEM



Nivel de Modernización 1. InformaciónNivel de Modernización 2. Descarga de formulariosNivel de Modernización 3. Iniciación electrónica

Nivel de Modernización 3. Iniciación electrónica

Información
Descripción SERVICIO DE ATENCIÓN Y SEGUIMIENTO A LAS PERSONAS CON UN PROBLEMA GRAVE DE SALUD MENTAL. SASEM
Descripción del procedimiento Financiado por la Consellería de Igualdad y Políticas Inclusivas, el Ayuntamiento de Paterna presta el SERVICIO DE ATENCIÓN Y SEGUIMIENTO A LAS PERSONAS CON UN PROBLEMA GRAVE DE SALUD MENTAL (SASEM), es un recurso de atención primaria específico, que se articula como un servicio de atención domiciliaria y comunitario. Consiste en una unidad de apoyo a la intervención con personas con problemas graves de salud mental. Se desarrolla en el entorno de la persona y de su familia, garantizando la permanencia de la persona en su domicilio y entorno social
Destinatarios/as Ciudadanía
Dirigido a personas que presentan problemas graves de salud mental, con necesidad de apoyo, y con edades comprendidas entre 18 y 65 años, en el término municipal de Paterna, con diferentes grados de afectación en su esfera personal, familiar, social y laboral .
Forma de inicio Personal interesado
Lugar de presentación a) Sede Electrónica.
b) Servicio de Información y Atención a la ciudadanía (SIAC).
c) Cualesquiera otra de las sedes que se regulan en el art. 16 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común (oficinas de correos, PROP, entidades adheridas a: ventanilla única, ORVE y SIR).

Están obligados a relacionarse a través de esta Sede Electrónica para la realización de cualquier trámite, al menos:
a) Personas jurídicas.
b) Quienes ejerzan actividad profesional que requiera colegiación obligatoria.
c) Cualquier otro sujeto de los regulados en el art. 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común (entidades sin personalidad jurídica, empleados/das de las Administraciones Públicas y otros/as que puedan establecerse).
Órgano Gestor Inclusión Social
Documentación Documentación particular del/la interesado/a

  • -Solicitud debidamente cumplimentada en el modelo normalizado:
    La presentación de la instancia implica la autorización al Ayuntamiento de acceso a los datos personales a través de las plataformas de intermediación u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto necesarios para la tramitación del servicio; de oponerse a ello deberá hacerse constar expresamente en la instancia, requiriendo en este caso aportar dicha documentación la persona interesada (figura en el modelo normalizado de solicitud).
    . Se requiere la aceptación de la declaración responsable respecto de la información, aceptación de la participación, compromiso de asistencia, cumplimiento de medidas y comunicación de variaciones.

  • - DNI o NIE de la persona interesada y en su caso, de su representante legal.

  • - Tarjeta sanitaria SIP

  • - Informes médicos:
  • . Informe modelo Dependencia con valoración del índice de Barthel y el test de Pfeiffer.
  • . Informe clínico de MAP, USM. Tratamiento farmacológico vigente.
  • . Hoja de derivación sanitaria (según modelo GVA)

  • - Resolución de discapacidad.

  • - Resolución de Dependencia.

  • -Documentación judicial en caso que se disponga (medidas judiciales, guardía y custodia, patria potestad etc)

    -Toda aquella documentación requerida por el personal técnico en la tramitación que sea necesaria para una adecuada valoración social.



    Documentación a consultar por el ayuntamiento en poder de otra administración
    - Empadronamiento de la persona interesada
Órgano que resuelve TTe. Alcaldía.
Plazo máximo de resolución y notificación Tres meses
Efectos del silencio administrativo Negativo
Fin de la vía administrativa Si
Fin de la vía administrativa Si.

Documentación que se debe presentar
Tipo Presentación
Instancia: La presentación de la instancia implica la autorización al Ayuntamiento de acceso a los datos personales a través de las plataformas de intermediación u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto necesarios para la tramitación de la ayuda; de oponerse a ello deberá hacerse constar expresamente en la instancia, requiriendo en este caso aportar dicha documentación la persona interesada (figura en el modelo normalizado de solicitud).
. Se requiere la aceptación de la declaración responsable respecto de la información, aceptación de la participación, compromiso de asistencia, cumplimiento de medidas y comunicación de variaciones.
Obligatorio Ambas
DNI o NIE de la persona interesada: DNI o NIE de la persona interesada y en su caso, de su representante legal. Obligatorio Ambas
Tarjeta sanitaria SIP: SIP Obligatorio Ambas
Informe médico: . Informe modelo Dependencia con valoración del índice de Barthel y el test de Pfeiffer.
. Informe clínico de MAP, USM. Tratamiento farmacológico vigente.
. Hoja de derivación sanitaria (según modelo GVA)
Opcional Ambas
Resolución de discapacidad.: Documento Opcional Ambas
Resolución de Dependencia.: Documento Opcional Ambas
Documentación judicial en caso que se disponga : (medidas judiciales, guardía y custodia, patria potestad etc) Opcional Ambas

Leyenda
Tipo Obligatorio Obligatorio Opcional Opcional
Presentación Ambas Ambas Presencial Presencial Telemática Telemática
Normativa
Ley Orgánica 4/2001, de 12 de noviembre, reguladora del Derecho de Petición Ley Orgánica 4/2001, de 12 de noviembre, reguladora del Derecho de Petición.
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Pública Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Loca Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
Ley 3/2019, de 18 de febrero, de la Generalitat, de Servicios Sociales Inclusivos de la CV Ley 3/2019, de 18 de febrero, de la Generalitat, de Servicios Sociales Inclusivos de la Comunitat Valenciana.
Ley 8/2021, de 2 de junio, Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica.
Ordenanzas Ordenanzas Municipales.
Ver Ordenanzas
Otra Aquella otra normativa que resulte de aplicación al supuesto.

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