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Ajuntament de Paterna
Concesión de beneficio fiscal en el IVTM
Nivel de Modernización 4. Tramitación electrónica
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Normativa
Tramitar Ahora
Información
Procedimiento
CONCESIÓN DE BENEFICIO FISCAL EN EL IVTM.
Referencia
Concesión de bonificación por vehículo histórico o por vehículos eléctricos y/o con emisiones nulas de CO2
Versión
1.1
Fecha última actualización
16/12/2020
Descripción del procedimiento
Solicitud de aplicación de beneficios fiscales en el impuesto sobre vehículos de tracción mecánica (IVTM) por vehículo histórico o vehículos eléctricos y/o con emisiones nulas de CO2.
Requisitos:
1) Estar empadronado en Paterna.
2)Ser titular de:
2.a) Un vehículo histórico o que tenga el vehículo una antigüedad mínima de 25 años contados desde la fecha de su fabricación. Para aquellos casos en los que se desconoce la fecha de su fabricación, se considerarán para la bonificación, aquellos vehículos con una antigüedad mínima de 25 años contados desde la fecha de su primera matriculación.
2.b) Vehículos eléctricos y/o con emisiones nulas de CO2
Forma de inicio
A instancia de parte.
Sujeto
Cualquier persona física o jurídica.
Plazo de presentación
a) Vehículos históricos: hasta el 31 de enero del ejercicio en que se solicita su aplicación, las presentadas con posterioridad a esta fecha, se concederán, si procede, con efectos para el ejercicio siguiente.
b) Vehículos eléctricos y/o con emisiones nulas de CO2: antes de la matriculación. Si se solicita después de la matriculación, la bonificación surtirá efectos para el período impositivo siguiente a la fecha de presentación de la solicitud, no alcanzando a las cuotas devengadas con anterioridad a esta.
Lugar de presentación
a) Sede Electrónica.
b) Servicio de Información y Atención a la ciudadanía (SIAC).
c) Cualesquiera otra de las sedes que se regulan en el art. 16 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común (oficinas de correos, PROP, entidades adheridas a: ventanilla única, ORVE y SIR).
Están
obligados
a relacionarse a través de esta Sede Electrónica para la realización de cualquier trámite, al menos:
a) Personas jurídicas.
b) Quienes ejerzan actividad profesional que requiera colegiación obligatoria.
c) Cualquier otro sujeto de los regulados en el art. 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común (entidades sin personalidad jurídica, empleados/das de las Administraciones Públicas y otros/as que puedan establecerse).
Tributos
Servicio gratuito.
Órgano Gestor
ÁREA DE GESTIÓN MUNICIPAL/GESTIÓN TRIBUTARIA.
Órgano que resuelve
Tenencia de Alcaldía de Gestión Municipal.
Plazo máximo de resolución y notificación
6 meses.
Efectos del silencio administrativo
Estimatorio (Art 24 L 39/2015).
Recursos posibles
Contra las resoluciones que se dicten en estos procedimientos puede interponer el preceptivo recurso de reposición ante la Tenencia de Alcaldía en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la notificación, previo al contencioso-administrativo.
Observaciones
Estas bonificaciones tienen carácter rogado y se concederán, cuando proceda, a instancia de parte, debiendo los/as interesados/as presentar la documentación pertinente. Es obligación del solicitante avisar al Ayuntamiento de Paterna de cualquier cambio en las condiciones de la solicitud, en el plazo de 30 días siguientes al momento en el que se produzca la modificación.
Documentación que se debe presentar
Tipo
Presentación
Instancia:
Solicitud de Bonificación IVTM que contiene: declaración jurada del propietario del vehículo de que éste no se utiliza como medio habitual de transporte
Leyenda
Tipo
Obligatorio
Opcional
Presentación
Ambas
Presencial
Telemática
Normativa
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre,
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Pública
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Loca
Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
Ley 58/2003, de 17 de diciembre,
Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo
Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Ordenanzas
Ordenanzas Municipales.
Ver Ordenanzas
Otra
Aquella otra normativa que resulte de aplicación al supuesto.
Tramitación presencial
Descargar
Tramitación telemática
Tramitar
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