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16/04/2024 19:32:44 Ajuntament de Paterna :: Inicio :: Información del Procedimiento

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Convocatoria y celebración de sesiones de Pleno, JGL y CCII



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Información
Procedimiento Convocatoria y celebración de sesiones de Pleno, JGL y CCII
Versión 1.0
Fecha última actualización 42762
Descripción del procedimiento Gestión de la convocatoria y celebración de sesiones de órganos colegiados necesarios municipales: Pleno, Junta de Gobierno Local y Comisiones Informativas.
Forma de inicio A instancia de parte y de oficio
Sujeto En el caso de sesiones ordinarias, el procedimiento se inicia de oficio por Secretaría, en base a las fechas previamente establecidas para la celebración de sesiones ordinarias.En el caso de sesiones extraordinarias, el procedimiento se inicia por la Alcaldía.En el caso de sesiones extraordinarias a instancia de los/as concejales/as, el procedimiento se inicia mediante escrito firmado por la cuarta parte del nº legal de personas componentes de la corporación/órgano.
Plazo de presentación Indeterminado.
Documentación En el caso de las extraordinarias, providencia de la Alcaldía ordenando la convocatoria e indicando el asunto o asuntos a tratar, así como la motivación de la convocatoria. En el caso de las extraordinarias a instancia de los/as concejales/as, escrito firmado por los/as concejales/as e indicando el asunto o asuntos a tratar, así como la motivación de la convocatoria.
Lugar de presentación Secretaría General.
Tributos No.
Órgano Gestor Secretaría General.
Órgano que resuelve Alcaldía/Presidencia.En el caso de NO convocatoria voluntaria de las sesiones extraordinarias solicitadas a instancia de los/as concejales/as, la convocatoria se realizar por ministerio de la Ley.
Plazo máximo de resolución y notificación La sujeción a plazos para la resolución se produce en las sesiones a instancia de los/as concejales/as; hay un plazo máximo de 15 días hábiles desde la solicitud para resolver su convocatoria; si no se convocara, quedará automáticamente convocado para el décimo día hábil siguiente al de finalización del plazo anterior.Plazo máximo de notificación de las actas de Pleno y Junta de Gobierno Local a Delegación de Gobierno y Adm. Autonómica: 6 días desde la adopción de los acuerdos.
Efectos del silencio administrativo El silencio se producirá únicamente en las sesiones a instancias de los/as concejales/as: Estimatorio.
Recursos posibles Frente a las convocatorias, potestativo de reposición y/o recurso Contencioso-Administrativo.
Fin de la vía administrativa Si.
Legislación Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. Ley 8/2010, de Régimen Local de la C.V. Reglamento Orgánico Municipal del Ayuntamiento de Paterna. Real Decreto 2568/1986, Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
Tramitación Electrónica Puede presentar una solicitud a través del registro electrónico del Ayuntamiento de Paterna pulsando el siguiente enlace

Normativa
Ley Orgánica 4/2001, de 12 de noviembre, reguladora del Derecho de Petición Ley Orgánica 4/2001, de 12 de noviembre, reguladora del Derecho de Petición.
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Pública Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Loca Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
Ordenanzas Ordenanzas Municipales.
Ver Ordenanzas
Otra Aquella otra normativa que resulte de aplicación al supuesto.

Tramitación presencial
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