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IINFORMACIONES Y CERTIFICACIONES URBANÍSTICAS
Referencia
PRO_EYU_ICU
Versión
1.0
Fecha última actualización
31/10/2016
Descripción del procedimiento
Emisión de informes y certificaciones urbanísticas a solicitud de los interesados o de otras áreas del ayuntamiento.
Forma de inicio
A instancia de parte
Sujeto
Por la persona interesada
Plazo de presentación
Se podrá solicitar en cualquier momento.
Lugar de presentación
a) Sede Electrónica.
b) Servicio de Información y Atención a la ciudadanía (SIAC).
c) Cualesquiera otra de las sedes que se regulan en el art. 16 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común (oficinas de correos, PROP, entidades adheridas a: ventanilla única, ORVE y SIR).
Están
obligados
a relacionarse a través de esta Sede Electrónica para la realización de cualquier trámite, al menos:
a) Personas jurídicas.
b) Quienes ejerzan actividad profesional que requiera colegiación obligatoria.
c) Cualquier otro sujeto de los regulados en el art. 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común (entidades sin personalidad jurídica, empleados/das de las Administraciones Públicas y otros/as que puedan establecerse).
Tributos
Deberá liquidarse la correspondiente tasa, de acuerdo con lo siguiente:
Concepto a liquidar: EXPEDICIÓN DOCUMENTOS
Subconcepto: EXPEDICIÓN POR DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS
Tarifa: EPIGRAFE 1. URBANISMO. 1.CERTIFICACIÓN
Unidades: 1
Para realizar la autoliquidación pinche en el siguiente enlace
Liquidación
Órgano Gestor
EDIFICACIÓN Y USOS.
Órgano que resuelve
Alcaldía.
Plazo máximo de resolución y notificación
1 mes.
Efectos del silencio administrativo
Desestimatorio (Art 24 L 39/2015)
Fin de la vía administrativa
Si.
Recursos posibles
Sólo proceden para la Cédula de Garantía Urbanística.
a) Recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que los hubiera dictado.
b) Recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.
Observaciones
La Cédula tendrá vigencia durante un año a contar desde la fecha de su expedición. Si durante ese plazo se variasen las condiciones urbanísticas de la parcela, el titular de la misma tendrá derecho a que se le reparen los perjuicios patrimoniales causados por los cambios de ordenación sobrevenidos, siempre que el interesado no tuviese pendiente el cumplimiento de deberes de cesión, equidistribución y urbanización y así constara en dicha Cédula. Dentro del plazo de vigencia indicado en el apartado anterior, el promotor, con el refrendo expreso del titular de la parcela caso de no coincidir ambas condiciones, deberá solicitar la licencia de obras y garantizar, en su caso, la ejecución de las obras de urbanización pendientes de realizarse. El incumplimiento de esta obligación se considerará como incumplimiento del deber de edificación y producirá los efectos establecidos en la legislación vigente.
Tramitación Electrónica
AVISO: Cuando realice la tramitación telemáticamente es importante que revise habitualmente la carpeta spam/no deseado de su correo electrónico. Es posible que las notificaciones se alojen en esa carpeta
Documentación que se debe presentar
Tipo
Presentación
Solicitud:
Solicitud cumplimentada
Tasas:
Justificante de pago de la Tasa correspondiente.
Leyenda
Tipo
Obligatorio
Opcional
Presentación
Ambas
Presencial
Telemática
Normativa
Ley Orgánica 4/2001, de 12 de noviembre, reguladora del Derecho de Petición
Ley Orgánica 4/2001, de 12 de noviembre, reguladora del Derecho de Petición.
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre,
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Pública
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Loca
Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
Ley 5/2014, de 25 de julio,
Ley 5/2014, de 25 de julio, de la Generalitat, Urbanística Valenciana, de Ordenación del Territorio Urbanismo y Paisaje de la Comunidad Valenciana.
Ley 3/2004, de 30 de junio,
Ley 3/2004, de 30 de junio, de la Generalitat, de Ordenación y Fomento de la Calidad de la Edificación (LOFCE).
PGOU
Plan General de Ordenación Urbana.
OFREL
Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por expedición de Licencias Municipales.
Ordenanzas
Ordenanzas Municipales.
Ver Ordenanzas
Otra
Aquella otra normativa que resulte de aplicación al supuesto.
Tramitación presencial
Descargar
Tramitación telemática
Tramitar
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