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Declaraciones responsables segunda ocupación



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Nivel de Modernización 4. Tramitación electrónica

Información
Procedimiento DECLARACIONES RESPONSABLES SEGUNDA OCUPACION
Referencia PRO_EYU_DRPSOE
Versión 2.0
Fecha última actualización 12/12/2016
Descripción del procedimiento Ejercer el derecho a la segunda o posteriores ocupaciones de las edificaciones y las instalaciones de acuerdo con lo previsto en la legislación vigente en materia de ordenación y calidad de la edificación.

Forma de inicio A instancia de parte.
Plazo de presentación En cualquier momento y habilita para el ejercicio inmediato de la ocupación, sin perjuicio de las potestades municipales de comprobación o inspección de los requisitos habilitantes para el ejercicio del derecho y de la adecuación de lo ejecutado al contenido de la declaración.

Lugar de presentación a) Sede Electrónica.
b) Servicio de Información y Atención a la ciudadanía (SIAC).
c) Cualesquiera otra de las sedes que se regulan en el art. 16 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común (oficinas de correos, PROP, entidades adheridas a: ventanilla única, ORVE y SIR).

Están obligados a relacionarse a través de esta Sede Electrónica para la realización de cualquier trámite, al menos:
a) Personas jurídicas.
b) Quienes ejerzan actividad profesional que requiera colegiación obligatoria.
c) Cualquier otro sujeto de los regulados en el art. 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común (entidades sin personalidad jurídica, empleados/das de las Administraciones Públicas y otros/as que puedan establecerse).

Tributos Deberá liquidarse la correspondiente tasa , de acuerdo con lo siguiente:
Concepto a liquidar: LICENCIA URBANÍSTICA
Subconcepto: LICENCIA URBANÍSTICA
Tarifa: LICENCIA OCUPACIÓN
Coste real: 0
Puede autoliquidar la tasa en el siguiente enlace
Órgano Gestor EDIFICACIÓN Y USOS.
Órgano que resuelve Alcaldía o concejal delegado.
Plazo máximo de resolución y notificación 3 meses (art. 21.3 Ley 39/2015)
Efectos del silencio administrativo Estimatorio (Art 24 L 39/2015)
Fin de la vía administrativa Si.
Recursos posibles Recurso Potestativo de Reposición.
Tramitación Electrónica AVISO: Cuando realice la tramitación telemáticamente es importante que revise habitualmente la carpeta spam/no deseado de su correo electrónico. Es posible que las notificaciones se alojen en esa carpeta

Documentación que se debe presentar
Tipo Presentación
Solicitud: Solicitud de Declaraciones responsables segunda ocupación debidamente cumplimentada Obligatorio Ambas
Certificación: Certificación: Certificación elaborada por facultativo competente de que el edificio o, en su caso la parte del mismo susceptible de uso individualizado, se ajusta a las condiciones que supusieron el otorgamiento de la primera o anterior licencia de ocupación a la que se solicita. Dicha certificación deberá ir visada por el Colegio Oficial correspondiente, o en su defecto, acompañada de declaración responsable del técnico sustitutiva del visado colegial según modelo que pueden descargarse desde el apartado ficheros anexos de esta página. (Los documentos visados deberán subirse comprimidos en formato Zip) Obligatorio Ambas
Tasas: Justificante de haber liquidado la correspondiente tasa por licencia de 2ª ocupación Obligatorio Ambas

Leyenda
Tipo Obligatorio Obligatorio Opcional Opcional
Presentación Ambas Ambas Presencial Presencial Telemática Telemática
Normativa
Ley Orgánica 4/2001, de 12 de noviembre, reguladora del Derecho de Petición Ley Orgánica 4/2001, de 12 de noviembre, reguladora del Derecho de Petición.
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Pública Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Loca Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación. Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación.
Ley 5/2014, de 25 de julio, Ley 5/2014, de 25 de julio, de la Generalitat, Urbanística Valenciana, de Ordenación del Territorio Urbanismo y Paisaje de la Comunidad Valenciana.
Ley 3/2004, de 30 de junio, Ley 3/2004, de 30 de junio, de la Generalitat, de Ordenación y Fomento de la Calidad de la Edificación (LOFCE).
Ley 7/2002, de 3 de diciembre, Ley 7/2002, de 3 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, de Protección contra la Contaminación Acústica.
Real Decreto 105/2008, de 1 de Febrero, Real Decreto 105/2008, de 1 de Febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición.
Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios
Orden CTE/1296/2003, de 14 de mayo Orden CTE/1296/2003, de 14 de mayo, por la que se desarrolla el Reglamento regulador de las infraestructuras comunes de telecomunicaciones para el acceso a los servicios de telecomunicación en el interior de los edificios y la actividad de instalación de equipos y sistemas de telecomunicaciones, aprobado por el Real Decreto 401/2003, de 4 de abril.
PGOU Plan General de Ordenación Urbana.
Ordenanzas Ordenanzas Municipales.
Ver Ordenanzas
Otra Aquella otra normativa que resulte de aplicación al supuesto.

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