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Autorización de reservas y transferencias de aprovechamiento



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Información
Procedimiento AUTORIZACIÓN DE RESERVAS Y TRANSFERENCIAS DE APROVECHAMIENTO
Referencia PRO_EYU_ARTA
Versión 1.0
Fecha última actualización 31/10/2016
Descripción del procedimiento Autorización de reservas y transferencias de aprovechamiento.
Forma de inicio A instancia de parte y de oficio.
Sujeto La constitución de reservas y la autorización de transferencias de aprovechamiento urbanístico.
Plazo de presentación En cualquier momento.
Lugar de presentación a) Sede Electrónica.
b) Servicio de Información y Atención a la ciudadanía (SIAC).
c) Cualesquiera otra de las sedes que se regulan en el art. 16 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común (oficinas de correos, PROP, entidades adheridas a: ventanilla única, ORVE y SIR).

Están obligados a relacionarse a través de esta Sede Electrónica para la realización de cualquier trámite, al menos:
a) Personas jurídicas.
b) Quienes ejerzan actividad profesional que requiera colegiación obligatoria.
c) Cualquier otro sujeto de los regulados en el art. 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común (entidades sin personalidad jurídica, empleados/das de las Administraciones Públicas y otros/as que puedan establecerse).

Órgano Gestor EDIFICACIÓN Y USOS.
Órgano que resuelve Alcaldía.
Plazo máximo de resolución y notificación 3 meses (art. 21.3 ley 39/2015)
Efectos del silencio administrativo Destimatorio (art. 24 ley 39/2015)
Fin de la vía administrativa Si.
Recursos posibles Potestativo de Reposición.
Tramitación Electrónica AVISO: Cuando realice la tramitación telemáticamente es importante que revise habitualmente la carpeta spam/no deseado de su correo electrónico. Es posible que las notificaciones se alojen en esa carpeta
Tramitación Electrónica Puede presentar una solicitud a través del registro electrónico del Ayuntamiento de Paterna pulsando el siguiente