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27/04/2025 06:57:27 Ajuntament de Paterna :: Inicio :: Información del Procedimiento

Ajuntament de Paterna



Convocatoria del proceso selectivo para la constitución de una bolsa de trabajo para la provisión interina de las vacantes que existan o se produzcan en la escala básica, categoría Agente del Cuerpo de la Policía Local de Paterna.



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Nivel de Modernización 3. Iniciación electrónica

Información
Procedimiento SELECCIÓN BOLSA DE TRABAJO
Referencia Selección personal bolsa de trabajo
Versión 1.0
Fecha última actualización 16/03/2025
Descripción del procedimiento Bolsas activas:
BOLSA DE TRABAJO DE AGENTE DE LA POLICÍA LOCAL
    Convocatoria del proceso selectivo para la constitución de una bolsa de trabajo para la provisión interina de las vacantes que existan o se produzcan en la escala básica, categoría Agente del Cuerpo de la Policía Local de Paterna.
    El objeto de la presente convocatoria es la constitución de una bolsa de trabajo para la provisión interina de las vacantes que existan o se produzcan en la escala básica, categoría Agente del Cuerpo de la Policía Local de Paterna, todo ello de acuerdo con lo establecido en el artículo 41 bis de la Ley 17/2017, de 13 de diciembre, de coordinación de las policías locales de la Comunitat Valenciana y la Orden APU/1461/2002, de 6 de junio, por la que se establecen las normas para la selección y nombramiento de personal funcionario interino.

    Las plazas convocadas, pertenecen a la escala de Administración Especial, subescala Servicios Especiales, clase Policía Local y sus Auxiliares, encuadrada en la Escala Básica, correspondiéndole el Nivel C1 de titulación, efectuándose su provisión mediante el sistema de oposición por turno libre.

    Por acuerdo de Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria de fecha 20 de febrero de 2025, se aprobaron las bases del proceso.




    Las presentes bases se encuentran publicadas en el Tablón de Edictos de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Paterna.





Forma de inicio Por la persona interesada
Destinatarios/as BOLSA DE TRABAJO DE AGENTE DE LA POLICÍA LOCAL
Persona física.

Para ser admitidas a la realización de las pruebas que se convocan, las personas aspirantes, deberán reunir los requisitos que, con carácter general se establecen en el artículo 58 de la Ley 17/2017, de 13 de diciembre, de coordinación de las policías locales de la Comunitat Valenciana, y artículo 5 del Decreto 179/2021, de 5 de noviembre, del Consell, de establecimiento de las bases y criterios generales para la selección, promoción y movilidad en los cuerpos de policía local de la Comunitat Valenciana, que deberán ser reunidos por las personas aspirantes el día en que finalice el plazo para la presentación de instancias, y que constan en las bases de la convocatoria.
Plazo de presentación BOLSA DE TRABAJO DE AGENTE DE LA POLICÍA LOCAL

El plazo de presentación de solicitudes será de 5 días hábiles, a contar del siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia. Si el último día fuera sábado, domingo o festivo se prorrogará el primer día siguiente hábil.
Las solicitudes y restante documentación para tomar parte en la presente convocatoria se presentarán por medios telemáticos.

Del 26 de marzo al 1 de abril de 2025
Documentación BOLSA DE TRABAJO DE AGENTE DE LA POLICÍA LOCAL


    En las instancias para tomar parte en esta convocatoria, las personas aspirantes deberán efectuar declaración responsable en la que manifiesten que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos, referidos siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación de solicitudes y se comprometerán a prestar el preceptivo juramento o promesa prevenido en el Real Decreto 707/1979. El incumplimiento de lo aquí establecido dará lugar a la exclusión del aspirante.

    Las aspirantes deberán adjuntar a la instancia:

    - Los certificados correspondientes a los requisitos que se indican en los puntos g), i) y j), de la base 2.1, mediante certificado médico oficial en el caso del punto g), así como aquellos certificados emitidos por las administraciones locales competentes en los casos de los requisitos contenidos en los puntos i) y j).

    - Resguardo original justificativo del ingreso de la tasa correspondiente a los derechos de examen junto a la copia de la autoliquidación prevista para la Administración en su caso, la justificación de la causa de exención o bonificación.



 
Lugar de presentación a) Sede Electrónica.
Las solicitudes para participar en este proceso se presentarán por medios electrónicos, de acuerdo con el modelo que consta en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Paterna, donde consta la Declaración responsable de reunir todos los requisitos de la convocatoria referidos a la fecha de expiración del plazo de presentación de solicitudes, comprometiéndose a acreditarlos con posterioridad en caso de que sean seleccionados. Asimismo consta declaración responsable de que las copias aportadas son copias literales de la documentación original que obra en poder de la persona aspirante, y que, a efectos de comprobación, se compromete a aportar dichos originales en caso de ser requerido a tal efecto por la Comisión de Valoración.

Tributos BOLSA DE TRABAJO DE AGENTE DE LA POLICÍA LOCAL
Se fija una cuantía de 87 euros de acuerdo con la Ordenanza fiscal reguladora de los derechos de examen.

Estarán exentos del pago de los derechos de examen las personas que cumplan los requisitos establecidos en la Ordenanza fiscal reguladora de los derechos de examen.
Tendrán derecho a una bonificación en la cuota íntegra de la tasa los sujetos pasivos que ostenten la condición de miembro de familia numerosa en la fecha en que finalice el plazo para formular la solicitud de participación en el proceso selectivo.

Los porcentajes de bonificación son los establecidos en la Ordenanza Fiscal reguladora de los derechos de examen.
Los citados derechos de examen sólo serán devueltos a quienes no sean admitidas al procedimiento selectivo por falta de algunos de los requisitos exigidos para tomar parte en el mismo. La devolución de los derechos de examen procederá en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por causa imputable a la persona interesada.

Se adjuntará a la instancia el resguardo original justificativo del ingreso de la tasa correspondiente a los derechos de examen en su caso, la justificación de la causa de exención o bonificación.

Las tasas se puede abonar en la oficina virtual tributaria
Órgano Gestor ORGANIZACIÓN Y DIRECCION DE RECURSOS HUMANOS.
Órgano que resuelve Alcaldía
Plazo máximo de resolución y notificación La establecida en las bases

Documentación que se debe presentar
Tipo Presentación
Instancia: Solicitud debidamente cumplimentada. Obligatorio Ambas
Tasas o justificación de la causa de exención o bonificación.: Resguardo original justificativo del ingreso de la tasa correspondiente a los derechos de examen junto a la copia de la autoliquidación prevista para la Administración en su caso, la justificación de la causa de exención o bonificación. Obligatorio Ambas
Certificado médico oficial en el caso del punto 2.1.g) de las bases: Los certificados correspondientes a los requisitos que se indican en los puntos g), i) y j), de la base 2.1, mediante certificado médico oficial en el caso del punto g), así como aquellos certificados emitidos por las administraciones locales competentes en los casos de los requisitos contenidos en los puntos i) y j). Obligatorio Ambas
Certificados administraciones locales competente de haber superado la prueba psicotécnica: Los certificados correspondientes a los requisitos que se indican en los puntos g), i) y j), de la base 2.1, mediante certificado médico oficial en el caso del punto g), así como aquellos certificados emitidos por las administraciones locales competentes en los casos de los requisitos contenidos en los puntos i) y j). Obligatorio Ambas
Certificados emitidos por las administraciones locales competentes de haber superado pruebas físicas.: Los certificados correspondientes a los requisitos que se indican en los puntos g), i) y j), de la base 2.1, mediante certificado médico oficial en el caso del punto g), así como aquellos certificados emitidos por las administraciones locales competentes en los casos de los requisitos contenidos en los puntos i) y j). Obligatorio Ambas

Leyenda
Tipo Obligatorio Obligatorio Opcional Opcional
Presentación Ambas Ambas Presencial Presencial Telemática Telemática
Normativa
Ley Orgánica 4/2001, de 12 de noviembre, reguladora del Derecho de Petición Ley Orgánica 4/2001, de 12 de noviembre, reguladora del Derecho de Petición.
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Pública Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Loca Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
Ordenanzas Ordenanzas Municipales.
Ver Ordenanzas
Otra Aquella otra normativa que resulte de aplicación al supuesto.

Tramitación telemática