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16/04/2024 10:20:21 Ajuntament de Paterna :: Inicio :: Información del Procedimiento

Ajuntament de Paterna



Ayudas de emergencia social



Nivel de Modernización 1. InformaciónNivel de Modernización 2. Descarga de formulariosNivel de Modernización 3. Iniciación electrónicaNivel de Modernización 4. Tramitación electrónica

Nivel de Modernización 4. Tramitación electrónica

Información
Procedimiento PRESTACIONES ECONÓMICAS INDIVIDUALES PARA SITUACIONES DE EMERGENCIA SOCIAL
Código SIA
Materia
Fecha última actualización 09/10/2020
Descripción del procedimiento PRESTACIONES ECONÓMICAS INDIVIDUALES PARA SITUACIONES DE EMERGENCIA SOCIAL
Las Ayudas de emergencia social son ayudas dirigidas a personas individuales o núcleos familiares con el fin de remediar una situación gravemente deteriorada, de urgente necesidad o con graves problemas específicos que afecten a su autonomía personal, social y económica, que no puedan resolver con medios económicos propios, con el fin de lograr su normal desarrollo humano y social.
Forma de inicio Por la persona interesada
Sujeto Ciudadanos/as
Destinatarios/as AYUDAS DE EMERGENCIA SOCIAL

Podrán solicitar estas ayudas, aquellas personas que, hallándose en situación de grave necesidad, reúnan los siguientes requisitos:

1. Que la persona beneficiaria no disponga de recursos o ingresos suficientes para afrontar los gastos derivados de la situación de emergencia.
2. Que la renta per cápita anual de los/as miembros de la unidad familiar o de convivencia a la que pertenezca el/la solicitante no exceda del 100% del IPREM vigente, en cómputo anual con doce pagas.
3. Estar empadronados/as y tener residencia efectiva en el municipio como mínimo seis meses ininterrumpido e inmediatamente anterior a la fecha de la solicitud, con la excepción de situaciones de violencia de género, u otras situaciones acreditadas que justifiquen la residencia y la ayuda.
4. Haber justificado debidamente ayudas anteriores en su caso.
5. No disponer de bienes muebles y/o inmuebles diferentes a los de la vivienda habitual sobre los cuales se posea un derecho de propiedad, posesión y/o usufructo o cualquier otra, que por sus características, valoración o posibilidad de explotación y/o venta, indique la existencia de medios suficientes para tener la necesidad para la cual se ha solicitado la ayuda.
6. Que disponga del informe técnico en el que se determine la necesidad de la acción objeto de la ayuda y se haga constar que se han agotado todos los recursos existentes encaminados a resolver la necesidad por los servicios técnicos municipales.
7. Informe favorable de la escolarización de los/as hijos/as en su caso. No pudiendo presentar un 20% o más de absentismo escolar hasta finalizar la educación obligatoria.
8. En situación de desempleo estar inscritos/as como demandantes de empleo en LABORA, mantener actualizada dicha demanda y llevar a cabo una búsqueda activa de empleo y no rechazar ningún empleo ni curso ofertado.
9. En situación de desempleo y/o precariedad laboral, participar en todas las actividades formativas que se propongan desde servicios sociales u otra área municipal destinados al fomento del empleo y la mejora de la empleabilidad, que le permitan compatibilizar su vida familiar y laboral.
Plazo de presentación El plazo para la presentación de solicitudes y su correspondiente registro finaliza el 31 de octubre del año natural. No obstante, con carácter extraordinario, podrán admitirse y tramitarse aquellas solicitudes de ayudas presentadas con posteriroridad a esa fecha y antes del 31 de diciembre de dicho año, siempre que se acredite documentalmente la aparición de la necesidad fuera del plazo normal de presentación de solicitudes.
Documentación AYUDAS DE EMERGENCIA SOCIAL
Documentación particular del/la interesado/a

-Solicitud debidamente cumplimentada en el modelo normalizado
- Anexo al modelo normalizado de solicitud, por el que se relaciona los/as miembros de la unidad familiar y autoriza para la consulta telemática de datos tributarios de conformidad con el artículo 95.1 k de la Ley 58/2003, General Tributaria, el cual han de firmar todos los/as miembros de la unidad familiar mayores de 14 años. ANEXO 1
- En los supuestos de separaciones matrimoniales, divorcios o progenitores sin convivencia, deberá aportar la sentencia del convenio regulador donde se establezca la pensión alimenticia o/y compensatoria. Así como denuncia interpuesta en el caso que no se perciba dicha pensión. En los supuestos que no tengan convenio tendrá que presentar solicitud de abogado de oficio, sobre dicho motivo, siendo un tema para incluir en el plan de intervención.
- Movimientos bancarios de los últimos seis meses de todos/as los/as miembros.
- Declaración jurada de la situación económica actual y los medios de subsistencia que dispone (para aquellas personas que no puedan acreditar sus ingresos por causas justificadas)
- Contrato de alquiler, último recibo pagado de hipoteca de vivienda o de alquiler, última factura pagada y facturas deudoras de suministros, en su caso.
- Orden de protección y resolución judicial, en su caso.
- Para gastos por desplazamiento se exigirá, además, documento del centro al que asiste, acreditativo de la necesidad de desplazamiento, frecuencia y duración y presupuesto del desplazamiento a realizar o, en su defecto, declaración responsable de la persona beneficiaria.

Toda aquella documentación requerida por el/la técnico que tramita la ayuda y que sea necesaria para una adecuada valoración social y económica..( Anexo de propuesta y aceptación de Peis....)

Documentación a consultar por el ayuntamiento en poder de otra administración

- Empadronamiento de la persona o unidad familiar
- Verificación de datos de identidad de todos los/as mayores de edad del núcleo familiar
- Certificación de titularidad catastral.
- Certificado del INEM del cobro de prestaciones por desempleo.
- Consulta de inscripción como demandantes de empleo.
- INSS Consulta de prestaciones sociales públicas
- Certificado de IRPF.
- Consulta en el Registro Civil de nacimientos y matrimonios.
- Consulta familia numerosa.
- Consulta familia monoparental.
- Justificación de la asistencia de menores de 16 años al centro escolar.
Lugar de presentación a) Sede Electrónica.
b) Servicio de Información y Atención a la ciudadanía (SIAC).
c) Cualesquiera otra de las sedes que se regulan en el art. 16 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común (oficinas de correos, PROP, entidades adheridas a: ventanilla única, ORVE y SIR).

Están obligados a relacionarse a través de esta Sede Electrónica para la realización de cualquier trámite, al menos:
a) Personas jurídicas.
b) Quienes ejerzan actividad profesional que requiera colegiación obligatoria.
c) Cualquier otro sujeto de los regulados en el art. 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común (entidades sin personalidad jurídica, empleados/das de las Administraciones Públicas y otros/as que puedan establecerse).

Tributos Trámite no condicionado al abono de tasa o precio público
Órgano Gestor ÁREA DE INCLUSIÓN SOCIAL.
Órgano que resuelve Alcaldía.
Plazo máximo de resolución y notificación Tres meses
Efectos del silencio administrativo Desestimatorio (Art 24 L 39/2015).
Fin de la vía administrativa
Fin de la vía administrativa Si.

Documentación que se debe presentar
Tipo Presentación
Solicitud: Solicitud debidamente cumplimentada preferentemente en el modelo normalizado municipal, que contiene: declaración responsable a los efectos de los artículos 13 y 14 de la LGS y autorización de acceso a los datos personales a través de sistemas electrónicos necesarios para la tramitación de ayudas. Obligatorio Ambas
Autorización para la consulta telemática de datos tributarios: Anexo al modelo normalizado de solicitud, por el que se relaciona los/as miembros de la unidad familiar y autoriza para la consulta telemática de datos tributarios de conformidad con el artículo 95.1 k de la Ley 58/2003, General Tributaria, el cual han de firmar todos los/as miembros de la unidad familiar mayores de 14 años. Obligatorio Ambas
Anexo Propuesta y Aceptación de las Peis: Anexo Propuesta y Aceptación de las Peis Obligatorio Ambas
Documentación separación/divorcio: En los supuestos de separaciones matrimoniales, divorcios o progenitores sin convivencia, deberá aportar la sentencia del convenio regulador donde se establezca la pensión alimenticia o/y compensatoria. Así como denuncia interpuesta en el caso que no se perciba dicha pensión. En los supuestos que no tengan convenio tendrá que presentar solicitud de abogado de oficio, sobre dicho motivo, siendo un tema para incluir en el plan de intervención. Opcional Ambas
Movimientos bancarios: Movimientos bancarios de los últimos seis meses de todos/as los/as miembros. Opcional Ambas
Situación económica actual y los medios de subsistencia: Declaración jurada de la situación económica actual y los medios de subsistencia que dispone (para aquellas personas que no puedan acreditar sus ingresos por causas justificadas) Opcional Ambas
Documentación vivienda: Contrato de alquiler, último recibo pagado de hipoteca de vivienda o de alquiler, última factura pagada y facturas deudoras de suministros, en su caso. Opcional Ambas
Orden de protección y resolución judicial,: Orden de protección y resolución judicial, en su caso. Opcional Ambas
Gastos desplazamiento: Para gastos por desplazamiento se exigirá, además, documento del centro al que asiste, acreditativo de la necesidad de desplazamiento, frecuencia y duración y presupuesto del desplazamiento a realizar o, en su defecto, declaración responsable de la persona beneficiaria. Opcional Ambas

Leyenda
Tipo Obligatorio Obligatorio Opcional Opcional
Presentación Ambas Ambas Presencial Presencial Telemática Telemática
Normativa
Ley Orgánica 4/2001, de 12 de noviembre, reguladora del Derecho de Petición Ley Orgánica 4/2001, de 12 de noviembre, reguladora del Derecho de Petición.
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Pública Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Loca Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Instrucciones de la Consellería competente en materia de Servicios Sociales. Instrucciones de la Consellería competente en materia de Servicios Sociales.
Ordenanza Pres Eco Ind Ordenanza sobre Prestaciones Económicas Individualizadas para situaciones de emergencia social.
Ordenanzas Ordenanzas Municipales.
Ver Ordenanzas
Otra Aquella otra normativa que resulte de aplicación al supuesto.

Tramitación presencial
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Tramitación telemática
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