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16/04/2024 18:33:54 Ajuntament de Paterna :: Inicio :: Información del Procedimiento

Ajuntament de Paterna



Licencias de parcelación



Nivel de Modernización 1. InformaciónNivel de Modernización 2. Descarga de formulariosNivel de Modernización 3. Iniciación electrónicaNivel de Modernización 4. Tramitación electrónica

Nivel de Modernización 4. Tramitación electrónica

Información
Procedimiento LICENCIAS DE PARCELACIÓN
Referencia PRO_EYU_LP
Versión 2.0
Fecha última actualización 23/01/2016
Descripción del procedimiento Expedición de licencia de parcelación para los actos de división de terrenos o de parcelación de fincas, salvo en los supuestos legales de innecesariedad de licencia, en los que se certifica dicha circunstancia
Forma de inicio A instancia de parte
Sujeto Por la persona interesada
Plazo de presentación En cualquier momento
Lugar de presentación a) Sede Electrónica.
b) Servicio de Información y Atención a la ciudadanía (SIAC).
c) Cualesquiera otra de las sedes que se regulan en el art. 16 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común (oficinas de correos, PROP, entidades adheridas a: ventanilla única, ORVE y SIR).

Están obligados a relacionarse a través de esta Sede Electrónica para la realización de cualquier trámite, al menos:
a) Personas jurídicas.
b) Quienes ejerzan actividad profesional que requiera colegiación obligatoria.
c) Cualquier otro sujeto de los regulados en el art. 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común (entidades sin personalidad jurídica, empleados/das de las Administraciones Públicas y otros/as que puedan establecerse).

Tributos Deberá liquidarse la correspondiente tasa , de acuerdo con lo siguiente:
Concepto a liquidar: LICENCIA URBANÍSTICA
Subconcepto: LICENCIA URBANÍSTICA
Tarifa: PARCELACIONES, REPARCELACIONES Y DEMOLICIONES

Puede autoliquidar la tasa en el siguiente enlace
Órgano Gestor EDIFICACIÓN Y USOS
Órgano que resuelve Alcaldía
Plazo máximo de resolución y notificación 3 meses (art. 21.3 ley 39/2015)
Efectos del silencio administrativo Desestimatorio (art. 223.2 LOTUP en relación con el 213.f)
Fin de la vía administrativa Si.
Recursos posibles Potestativo de Reposición
Observaciones La licencia de parcelación es innecesaria cuando:  
1. La división o segregación sea consecuencia de una reparcelación, expropiación, programas de actuación, declaraciones de interés comunitario, obras o servicios públicos o cesión, ya sea forzosa o voluntaria, gratuita u onerosa, a la administración, para que destine el terreno resultante de la división al uso o servicio público al que se encuentre afecto.
2. La división o segregación haya sido autorizada expresamente por el municipio con motivo del otorgamiento de otra licencia urbanística.

Tramitación Electrónica AVISO: Cuando realice la tramitación telemáticamente es importante que revise habitualmente la carpeta spam/no deseado de su correo electrónico. Es posible que las notificaciones se alojen en esa carpeta
Tramitación Electrónica Puede presentar una solicitud a través del registro electrónico del Ayuntamiento de Paterna pulsando el siguiente enlace

Documentación que se debe presentar
Tipo Presentación
Solicitud: Solicitud debidamente cumplimentada. Obligatorio Ambas
Tasas: Justificación de haber abonado las tasas correspondientes
Obligatorio Ambas
Proyecto: Proyecto de parcelación en formato electrónico comprimido (zip, rar, etc), visado por el Colegio profesional correspondiente en el que consten planos a escala adecuada de la situación y superficie de los terrenos que se pretenden dividir y de las parcelas resultantes y acompañado de Listado de coordenadas UTM ETRS-89 del perímetro de las parcelas resultantes. (Los documentos visados deberán subirse comprimidos en formato Zip) Obligatorio Ambas
Título : Título que acredite la propiedad de las parcelas (nota simple registral o copia de la escritura). Obligatorio Ambas

Leyenda
Tipo Obligatorio Obligatorio Opcional Opcional
Presentación Ambas Ambas Presencial Presencial Telemática Telemática
Normativa
Ley Orgánica 4/2001, de 12 de noviembre, reguladora del Derecho de Petición Ley Orgánica 4/2001, de 12 de noviembre, reguladora del Derecho de Petición.
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Pública Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Loca Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación. Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación.
Ley 5/2014, de 25 de julio, Ley 5/2014, de 25 de julio, de la Generalitat, Urbanística Valenciana, de Ordenación del Territorio Urbanismo y Paisaje de la Comunidad Valenciana.
Ley 3/2004, de 30 de junio, Ley 3/2004, de 30 de junio, de la Generalitat, de Ordenación y Fomento de la Calidad de la Edificación (LOFCE).
PGOU Plan General de Ordenación Urbana.
Ordenanzas Ordenanzas Municipales.
Ver Ordenanzas
Otra Aquella otra normativa que resulte de aplicación al supuesto.

Tramitación presencial
Descargar
Tramitación telemática
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